El Ministerio de Minas y Energía hizo una petición a la Corte Constitucional para modificar el fallo donde suspende a Ferrocarriles del Norte de Colombia, Fenoco S.A, el transporte de carbón entre las 10:30 p. m. y las 4:30 a. m. en el municipio de Bosconia.
La sentencia T-672/14 atendió la tutela interpuesta por más de cien familias que señalaban que el paso de trenes que transportan carbón, además de ruido, genera polvo que se dispersa en el aire causando problemas a la salud y al medioambiente.
La solicitud interpuesta por el Ministerio de Minas señala que “se observa que la efectividad de la medida de suspensión de la actividad férrea representaría una pérdida económica considerable, lo cual afecta sosteniblemente las finanzas del Estado y lesiona el interés público comprometido en el recaudo de tales recursos para destinarlos a la ejecución de los planes y programas de política pública definidos por el Gobierno Nacional y los gobiernos locales”.
En su decisión, el alto tribunal había pedido a la Agencia Nacional de Licencias Ambientales, ANLA, hacer las mediciones y estudios necesarios para establecer si se presenta contaminación por polvo de carbón en el municipio de Bosconia.
El Ministerio de Minas pide la adopción “de medidas alternativas que supongan una disminución en el grado de protección otorgado sin que, en todo caso, ello represente una alteración sustancial y significativa del sentido de la decisión y del amparo constitucional dado a los derechos vulnerados o amenazados”. Es decir, no se opone al fallo, pero pide que se haga una reevaluación de la limitación que la Corte hizo en unos horarios específicos para el transporte del carbón.
