El Consejo Nacional Electoral expidió la Resolución No. 3340 del 24 de septiembre de 2015, “por medio de la cual se adoptan decisiones dentro del procedimiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el Municipio de La Paz, Cesar, para las elecciones de autoridades locales a realizarse el 25 de octubre del año 2015” y con la cual se excluyeron del Censo Electoral de esa localidad a 2.280 cédulas por haber sido inscrita de manera irregular, tipificando el delito de trashumancia electoral.
Lo que llama la atención en dicha resolución, además de la cantidad de cédulas excluidas, son tres nombres de personas que no podrán votar en dicha localidad y tendrán que hacerlo donde tenían inscrito el documento para las elecciones anteriores.
La primera curiosidad es la de Crispín Eduardo Rodríguez Pinedo, un veterano periodista natural del corregimiento de Varas Blancas, en la salida al sur de La Guajira, pero en jurisdicción de La Paz, a quien le fue anulada su inscripción porque encontraron que no reside en ese municipio.
El segundo nombre corresponde a Luis Eduardo Gutiérrez Aroca, quien se desempeñó como gerente de Emdupar entre 2012 y 2014, cuya cédula fue expedida en el municipio de La Paz, pero que, según el Consejo Nacional Electoral, no reside en esa localidad y por lo tanto anularon su inscripción.
Pero lo más curioso es el nombre de Martín Guillermo Zuleta Mieles, candidato a la alcaldía de La Paz, por el Partido Liberal, a quien se le anuló la inscripción de su cédula porque, de acuerdo a los cruces de las bases de datos, no reside en La Paz. Lo grave del asunto es que Zuleta Mieles no podrá depositar su propio voto en el pueblo y tendrá que viajar a votar al municipio donde lo hizo la última vez.
En el municipio de la Paz, fueron excluidas 2.280 cédulas por registrar irregularidades en su inscripción.
