La Sala Plena de la Corte Constitucional decidió tumbar el decreto 1802 de 2015 del gobierno nacional por medio del cual se autorizó el tráfico del tren carbonero de Fenoco durante las 24 horas, entre las minas de carbón del Cesar y los puertos en las playas de Ciénaga, en el Magdalena, al encontrar que ello afecta a los pobladores de Bosconia, en el Cesar y Algarrobo, Fundación, Aracataca y Zona Bananera, en el Magdalena.
Ello significa que el tren carbonero no podrá circular entre las 10:30 de la noche y las 4:30 de la mañana, tal como ya lo había ordenado la sentencia T-672 de 2014, de la Corte Constitucional. Este año, el presidente Juan Manuel Santos había ordenado el tráfico del tren carbonero, que opera Fenoco S.A., durante las 24 horas del día a raíz de la crisis que se generó por el cierre de la frontera de Venezuela.
Esta decisión de la Corte Constitucional afectará nuevamente la exportación del carbón a los mercados internacionales y, por ende, los ingresos por concepto de regalías a los municipios y departamentos beneficiados con la Ley de Regalías.
Sin embargo, las comunidades de Bosconia y los otros municipios, que han reclamado durante varios años por la presencia del tren carbonero cerca de sus viviendas, celebraron la medida porque ello permitirá un sueño tranquilo durante las noches, cuando las máquinas dejarán de pasar durante seis horas.
La producción de carbón que se extrae de las minas del Cesar es transportada hacia los puertos marítimos a través del tren de Fenoco S.A.