El Tribunal Superior de Bogotá, en Sala de Decisión Penal, resolvió revocar a favor del procesado Juan Francisco Gómez Cerchar, las providencias del 20 de marzo y 2 de junio del 2015, por el juez 9no penal del Circuito Especializado y en su lugar, admitir la incorporación de las fotografías presentadas por el procesado en su interrogatorio, así como insistir en los testimonios de Alcibiades Pinto y Loly López.
El tribunal resolvió la apelación interpuesta por la defensa de Juan Francisco Gómez Cerchar al negar la incorporación de pruebas visuales como fotografías y testimonio en las audiencias del 5 de junio, quienes fueron citados los testigos Erlin Cortés Hernández, Alcibíades Pinto, William López Peralta, Loly López, Juan Rodríguez Frías y José Ustariz, por parte de la Fiscalía.
Asimismo, el tribunal avaló el recurso interpuesto por la defensa, que se presente ante los estrados las fotografías correspondientes a la casa de habitación y del predio La Curva de propiedad del procesado y cuya evidencia son para explicar las ubicaciones geográficas relevantes en éste proceso.
Por otra parte, el Alto Tribunal basó su fallo en la administración de la justicia, declarando que se debe tener el derecho sustancial el cual está sustentado en el artículo 228 de la Constitución Nacional, prevaleciendo las garantías procesales al indiciado, además de fortalecer el principio de libertad probatoria, el cual respalda las pruebas de evidencias solicitadas y apeladas por la defensa del exgobernador Juan Francisco Gómez Cerchar.