La alcaldía de Valledupar, a través de su apoderada, Leslye Johanna Varela Quintero,  contestó a la jueza cuarta administrativa de Valledupar, Carmen Dalis Argote Solano, la solicitud de los motociclistas de aplicar las medidas cautelares al decreto 0396, lo que significa su suspensión temporal, mientras se decide de fondo la demanda de nulidad del acto administrativo, y se ratificó en la legalidad de la medida que restringe la movilidad de las motocicletas en la ciudad.

“En primer lugar solicitamos a la señora juez, despache desfavorablemente la medida cautelar de suspensión provisional solicitada por el demandante”, se lee en los primeros párrafos de contestación a la funcionaria judicial

Esa solicitud la fundamenta en que la demanda no está razonada en derecho, que el demandante no ha demostrado, “así fuere sumariamente, la titularidad del derecho o de los derechos invocados”.

“Nada justifica la suspensión provisional del acto administrativo demandado, pues goza de plena legalidad”, dice otro de los apartes del oficio remitido a Argote Solano.

Mery Carmen Romero, jefa de la Oficina Jurídica de la alcaldía de Valledupar, dijo a RPT Noticias que “el decreto se mantiene porque el alcalde Fredys Socarrás se basó en argumento sólidos y legales para tomar la medida”.

“Aportamos suficientes pruebas que sustentan los motivos por los cuales se expidió el decreto”, dijo Romero. Agregó que “con la aplicación de la medida se han disminuido los índices de accidentalidad en motocicletas y la contaminación generada por el ruido de estos vehículos”.

La alcaldía de Valledupar ya recibió la notificación oficial de la demanda de nulidad del decreto 0396, y ahora tendrá 30 días hábiles para contestar al juez y presentar los argumentos  y las pruebas que motivaron la expedición del decreto. La posición, en esa respuesta, será la misma que ahora presentó la administración municipal en esta primera respuesta entregada a la jueza.

Carmen Dalis Argote Solano, jueza cuarta administrativa de Valledupar, tendrá diez días hábiles para decidir si decreta o no las medidas cautelares, mientras decide de fondo la demanda de nulidad.

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