Dom. Abr 19th, 2026

    Una demanda del estudiante de derecho  de la UPC, William Yesid Lasso, dejaría por fuera de la rectoría de la Universidad Popular del Cesar, a Carlos Emiliano Oñate Gómez, porque el Consejo de Estado consideró que debió ser elegido por cinco votos y no por cuatro, tal como ocurrió el pasado 2 de julio, tras una decisión del Consejo Superior Universitario, en donde participaron siete de los nueve miembros, votando cuatro de ellos a favor de Oñate Gómez y tres, absteniéndose de votar.

    Según la decisión de la Sesión Quinta, del tres de diciembre de 2015, el Consejo de Estado admitió la demanda de la elección de Oñate Gómez y ordenó la suspensión provisional del acto de elección porque, según los argumentos y las pruebas presentadas, no fue elegido por la mayoría absoluta de los miembros del Consejo Superior de la Universidad Popular del Cesar, que debía ser cinco

    Así las cosas, el Consejo Superior Universitario, una vez notificado, deberá proceder a designar un rector encargado, mientras se organiza un nuevo calendario electoral para proceder a elegir un nuevo rector de la UPC.

    Según dijo Oñate Gómez a RPT Noticias, el Consejo de Estado no está cuestionando su perfil académico; tampoco que exista inhabilidad para ejercer el cargo de rector y mucho menos que no tenga las capacidades para ser el rector; sino que cuestiona el número de votos por el que fue elegido.

    El rector considera que, en los recursos a que tiene derecho, podrá demostrar que su elección se realizó conforme a la ley y las normas que regulan la elección de rector en la UPC.

    Un voto, la diferencia

    Un voto. Así es. Un voto tiene en la cuerda floja la rectoría de Carlos Emiliano Oñate Gómez en la Universidad Popular del Cesar.

    De caerse, Oñate Gómez no se caería por la presunta inhabilidad que registra al ser designado rector, por no haber renunciado al Consejo Superior Universitario en representación de los exrectores, un año antes.

    Tampoco se caería por no tener el perfil requerido o las capacidades administrativas, porque cumple con todas ellas.

    Según el Consejo de Estado, al admitir la demanda del estudiante de derecho, William Yesid Lasso, determinó suspender provisionalmente el acto por medio del cual designaron a Carlos Oñate como rector de la Universidad  Popular del Cesar, por cuatro años, entre julio de 2015 y julio de 2019, porque sólo votaron a su favor cuatro miembros del Consejo Superior Universitario y la norma indica que debieron elegirlo con cinco votos.

    El artículo Quinto del Acuerdo 038 de julio de 2004, indica que “será designado rector el integrante de la lista que obtenga la mayoría absoluta de los votos por los miembros del Consejo Superior Universitario” y es por ello que el Consejo de Estado decidió suspender provisionalmente el acto de elección porque considera que son nueve los miembros del Consejo Superior y la mayoría absoluta son cinco votos, para poder designar; aunque Carlos Oñate asegura que en este caso, la mayoría absoluta son cuatro, puesto que fueron siete los que asistieron a la designación.

    En su decisión, el Consejo de Estado afirma que Carlos “Oñate Gómez no obtuvo la mayoría requerida para ser designado válidamente rector” porque “es claro que la elección se declaró con una mayoría distinta” a la que indica el artículo quinto del Acuerdo 038 de Julio de 2004.